TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 644
LEY DE 3 DE OCTUBRE DE 1984


HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:


EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

Artículo Único. Apruébase la resolución municipal N 3389/69 de fecha 28 de noviembre de 1969, dictada por la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba, por la que se transfiere a título gratuito un lote de terreno con una extensión superficial de 9.117.50 m2., ubicado en la zona de "Las Cuadras" de esa capital, a favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino a la unidad escolar "Mercedes Candia de Ovando" y sus campos deportivos, quedando perfeccionada la merituada transferencia de conformidad con lo dispuesto por el inciso 7° del artículo 59° de la Constitución Política del Estado.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 13 de septiembre de 1984

Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Mario Rolón Anaya, Guido Camacho Rodriguez, Guillermo Richter.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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