Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025
LEY N° 1698
LEY DE 12 DE JULIO DE 1996
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad al artículo 59°, atribución 12a. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, aprobado el 22 de marzo de 1989.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. Juan Carlos Durán S., Guillermo Bedregal G., Walter Zuleta Roncal, Horacio Torres G., Miguel Antoráz Chalup, Alfredo Romero.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, José Guillermo Justiniano Sandoval, Moisés Jarmusz Levy, Jaime Villalobos Sanjinés.
TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021