LEY Nº 1810
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 1997
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley :
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo No. 995/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 1 de septiembre de 1997, en la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de Norte América, por la suma de hasta VEINTE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 20.000.000.-), destinados a financiar el PROGRAMA DE ATENCION INTEGRAL AL MENOR DE SEIS AÑOS, a ser ejecutado por el Fondo de Inversión Social.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hormando Vaca Diez V.D., Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Guido Roca V., Jhonny Plata Chalar.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Edgar Millares Ardaya.