TEXTO DE CONSULTA
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LEY No 1011

LEY Nº 1042

LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 1988

“1988 AÑO DE LOS FERROCARRILES DE BOLIVIA”


VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el H. Congreso Nacional a sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Primero. Créase el cantón Conchari, en la jurisdicción de la provincia Gualberto Villarroel del departamento de La Paz, con límites: al norte con el cantón Chacarilla de la provincia Gualberto Villarroel; al sud con la provincia San Pedro de Totora del departamento de Oruro; al este con el cantón San Pedro de Curahuara de la provincia Gualberto Villarroel; al oeste con la provincia San Pedro de Totora del departamento de Oruro.

Artículo Segundo. La nueva jurisdicción comprende a las comunidades de Conchari, Chillcani, Huañoco, Chojñacahua, Llallauco, Llapallapani y Chucuma.

 

Artículo Tercero. En conformidad con el artículo 6to. del decreto supremo No .- 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 24 de noviembre de 1988

 

Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Alfredo Cuéllar Vargas, Ernesto Molina Panduro, Ulises Hurtado Cuéllar, Neisa Roca Hurtado.

 

POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Duran Saucedo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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