LEY Nº 1477
LEY DE 5 DE ABRIL DE 1993
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad al artículo 59º. atribución 12a, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el convenio sobre Cooperación Financiera para 1993 suscrito en la ciudad de La Paz, en fecha 1 de julio de 1992, entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de la República Federal de Alemania.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Carlos Farah Aquim, Oscar Vargas Molina, Walter Villagra Romay, Arturo Liebers B.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Flavio Escobar Llanos Min. de Planeamiento y Coordinación a.i., Mario Requena Pinto, Min. de Finanzas a.i.