TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 769

LEY Nº 769
LEY DE 19 DE DICIEMBRE DE 1985

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo Único.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional, vender el buque Libertador Simón Bolívar, en pública subasta, cumpliendo el procedimiento establecido por ley, debiendo el producto de la venta depositarse en el Tesoro General de la Nación.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

Fdo. Gonzalo Sánchez De Lozada, Gastón Encinas V., Luis Añez A., Jaime Villegas D., Jorge Kholer S., Guillermo Richter Ascimani.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Luís Fernando Valle Quevedo, Roberto Gisbert Bermudez, Guillermo Riveros Tejada.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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