TEXTO DE CONSULTA
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LEY No 818

LEY Nº 818
LEY DE 3 DE ABRIL DE 1986

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1.- Créase el cantón Villa Hancocota, jurisdicción de la Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz, con los siguientes limites: al norte con el Cantón Caluyo al sur, con el Departamento de Oruro y Cantón Lequepalca; al este con el Departamento de Cochabamba; y, al oeste, con el Departamento de Oruro.

 

Artículo 2.- Las comunidades que comprenderán el cantón Villa Hancocota son: Cotuhuma, Tolapampa, Huaylloma, Lacalacani, Chambiri, Untutuma, Collpohoco y Caquisani.

 

Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar las delimitaciones del nuevo cantón con señalamiento de los hitos respectivos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6o. del Decreto Supremo No. 2282, de 5 de diciembre de 1950.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis años.

 

Fdo.Oscar Zamora Medinacelli, Gastón Encinas Valverde, Luis Añez Alvarez, Jaime Villegas Durán, Alvaro Pérez del Castillo, Guillermo Richter A.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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