TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 993
LEY DE 25 DE MARZO DE 1988

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo 1.- Créase el cantón Curva Pucara con su capital del mismo nombre, en la jurisdicción de la Provincia Los Andes del Departamento del La Paz, comprendiendo las siguientes comunidades: Huallaquiri, Querqueta, Arapata, Quintupata, Sacani, Kantapa, Callamarca, Chuñuchuñuni, Siquiri, Collo Collo y Pucara.

 

Artículo 2.- Los límites del cantón son los siguientes: al norte con al cantón Tambillo; al sud con el cantón Cuipa España de Machaca; al este con el cantón San Juán de Satatotora; al oeste con el cantón Tiahuanacu.

 

Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar, queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos, de acuerdo con el artículo 6° del D.S. N° 2282 de 5 de diciembre de 1950.

 

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

Fdo. Luis Añez Alvarez, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Villegas Durán, Oscar Lazcano Henry, Fernando Kieffer G., Ulises Hurtado Cuéllar.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Durán Saucedo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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