LEY Nº 937
LEY DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 1987
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Articulo Único. Autorízase al Poder Ejecutivo la contratación de créditos internacionales, con destino a la construcción del Aeropuerto Internacional de la ciudad de Guayanamerín, de acuerdo al proyecto elaborado por AASANA.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Villegas Durán, Oscar Lazcano Henry, Gonzalo Simbrón García, Fernando Kieffer G.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Ramiro Cabezas Masses, Jaime Zegada Hurtado.