TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

LEY N° 962
LEY DE 25 DE ENERO DE 1988

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo Primero. Se establece con necesidad para el crecimiento de la zona sur del departamento de Oruro, la extensión de la línea de energía eléctrica para alumbrado público, uso domiciliario, comercial y para la industria y otros, desde la localidad de Avicaya, hasta la localidad de Huari, pasando por Challapata.

 

Artículo Segundo. La Dirección Nacional de Energía Eléctrica (DINE) coordinará las acciones para la concreción de esta obra con la Corporación de Fomento Energético Rural (COFER), Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENDE), Compañía Boliviana de Energía Eléctrica (COBEE), filial Oruro, y a la Corporación Regional de ese distrito.

 

Artículo Tercero. Se autoriza al Poder Ejecutivo, a gestionar el crédito para el financiamiento de esta obra, con la Corporación Regional de Desarrollo de Oruro, la organización de las Cooperativas de Administración y pago de servicios de las localidades mencionadas.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

Fdo. Juan Lucio Grandchant, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Villegas Durán, Oscar Lazcano Henry, Fernando Kieffer Guzmán, Gonzalo Simbrón García.

 

Por tanto promulgo para que tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan L. Cariaga Osorio, Fernando Illanes de la Riva.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|