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LEY Nº 2010

LEY DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 1999

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 12a., de la Constitución Política del Estado, se aprueba como Ley de la República la adhesión de la Convención sobre la "Nacionalidad de la Mujer Casada" en sus 12 artículos.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve años.

 

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Franz Rivero Valda, Verónica Palenque Yanguas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve años.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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