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LEY N° 544
LEY DE 28 DE ABRIL DE 1983


HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:


EL H. CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Primero. Dispónese que el Banco Central de Bolivia actualice y prosiga con el Proyecto de Arquitectura e Ingeniería para la construcción del Edificio en el terreno adquirido para el efecto, de su agencia en la ciudad de Sucre en parte de cuyas instalaciones funcionarán las oficinas y dependencias del Fondo Financiero de la Cuenca del Plata.

 

Artículo Segundo. El Banco Central de Bolivia dispondrá de los recursos necesarios para el cumplimiento del artículo anterior, a cuyo fin consignará en su Presupuesto la partida correspondiente.

 

Artículo Tercero. Autorízase al Banco Central de Bolivia para que oportunamente suscriba el respectivo convenio con el Fondo Financiero de la Cuenca del Plata, con objeto de permitirle el uso de parte del edificio y de las instalaciones que se construyan.

 

Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.

 

Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.

 

La Paz, abril 26 de 1983.

 

Fdo. Julio Garret Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Héctor Hormachea Peñaranda, Luís Pelaez Rioja, Willy Vargas Vacaflor, Pablo Steimbach Moreno.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Flavio Machicado Saravia.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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