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LEY Nº 973
LEY DE 2 DE MARZO DE 1988

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Articulo Único. Apruébase el Convenio Constitutivo de la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (ODEL - PESCA), suscrito por el Gobierno de Bolivia, en México, el 29 de octubre de 1982, conjuntamente con los Gobiernos de Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y Perú, en el marco del Sistema Económico Latinoamericano (SELA).

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Walter Soriano Lea Plaza, Oscar Lazcano Henry, Alfredo Cuéllar Vargas, Fernando Kieffer G., Gonzalo Simbrón García.

 

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y ocho años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Guillermo Justiniano S.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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