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DECRETO PRESIDENCIAL N° 19561

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que los Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, Industria, Comercio y Turismo, y de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, presentaron renuncia escrita irrevocable, la que fue aceptada por el Presidente Constitucional de la República.

 

Que es proposito del Jefe del Estado integrar el Gabinete Ministerial con el concurso de ciudadanos idóneos y de reconocida solvencia moral y política.

 

Que en uso de las facultades que le confiere el Art. 99 de la Constitución Política del Estado, el Presidente Constitucional de la República.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Desígnase Ministros de Estado en los Despachos que se señala, a los siguientes ciudadanos:

 

MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Dr. Marcial Tamayo Saenz.

MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Lic. Marcelo Barrón Rondón

MINISTRO DE ASUNTOS CAMPESINOS Y AGROPECUARIOS

Sr. Reynaldo Mercado Uribe.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los señores Ministros designados tomarán posesión de sus cargos en acto especial a celebrarse en el Palacio de Gobierno el día de hoy a horas 19:30 p.m.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los diez y seis dias del mes de mayo de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Horacio Torres Guzman.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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