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DECRETO LEY Nº 07431

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE BARRIENTOS ORTUÑO

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO OVANDO CANDIA

PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Supremo Nº 07353 de 5 de octubre del presente año, fue creada bajo la presidencia del señor Ministro de Economía Nacional la Comisión Permanente de Estudio para la Racionalización del Transporte en el Territorio Nacional, habiéndosele concedido hasta el 15 de diciembre para que haga conocer al Supremo Gobierno sus recomendaciones para la eliminación de los factores negativos que dificultan el sistema de transportes en el país;

 

Que pese al trabajo intensivo desarrollado por la mencionada Comisión, el plazo que se le señaló por el Decreto número 07353 ha resultado insuficiente para concluir con el trabajo que le fuera asignado, siendo procedente ampliar el término para la presentación del informe correspondiente,

 

DECRETA N:

 

 

ARTÍCULO 1.- Prorrógase hasta el día 7 de enero de 1966, el plazo concedido por el Decreto Supremo número 07353 a la Comisión Permanente de Estudio para la Racionalización del Transporte en el Territorio Nacional, para la presentación del informe y recomendaciones pertinentes a la eliminación de los factores negativos que dificultan el actual sistema de transportes nacionales.

 

ARTÍCULO 2.- Los representantes de cada uno de los Ministerios que integran la Comisión Permanente para la Racionalización del Transporte en el Territorio Nacional, prorrogarán asimismo hasta el nuevo término señalado por el artículo anterior su participación en la indicada Comisión.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Jaime Berdecio Z., Marcelo Galindo de U.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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