TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 2316

LEY DE 23 DE ENERO DE 2002

 

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1º.- Insértase en el Artículo 14º (Elección de la Directiva), de la Ley Nº 2028, de Municipalidades, de 28 de octubre de 1999, el siguiente parágrafo:

 

“III. Los Concejales que integran las Directivas del Concejo Municipal y de las Comisiones, durarán en sus funciones un año, pudiendo ser reelectos, en la forma establecida por la presente Ley y Reglamento Interno del Concejo Municipal”.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil dos años.

 

Fdo. Enrique Toro Tejada, Luís Angel Vásquez Villamor, Rubén E. Poma Rojas, Félix Alanoca González, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero de dos mil dos años.

 

FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira , Mario Serrate Ruiz, Ramiro Cavero Uriona.

 

DECRETO PRESIDENCIAL No. 26479

 

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Comandante General de la Policía Nacional, Gral. Walter Osinaga Zambrana, ha presentado renuncia al cargo que venia desempeñando, haciéndose necesario designar al reemplazante.

Que, es atribución privativa del Presidente de la República designar al Comandante General de la Policía Nacional conforme al Art. 96 inciso 19 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.- Se designa COMANDANTE GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL, al señor GRAL WALTER CARRASCO GARRET, quien será posesionado en el cargo con las formalidades de Ley.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de enero del año dos mil dos.

 

FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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