Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Untitled Document

DECRETO LEY Nº 07403

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

Que, el Gobierno de la Nación, debe premiar la labor de distinguidos profesionales nacionales y extranjeros dedicados a los trabajos de la salud pública que hayan descollado en las actividades de promoción, prevención y reparación, contribuyendo al mejor estado de salud de la población.

 

 

DECRETA N:

 

ARTÍCULO 1.- Créase la Condecoración Nacional de la Orden de la Salud Pública, destinada a premiar los servicios eminentes y distinguidos de profesionales nacionales y extranjeros de las ramas médica y para-médica, cuya labor haya repercutido en un mejor estado de salud de la colectividad.

 

ARTÍCULO 2.- La Orden de la Salud Pública se dividirá en los siguientes grados, a saber:

 

Gran Oficial

Comendador

Oficial

Caballero

 

ARTÍCULO 3.- Actuará de Canciller de la Orden el Ministro de Salud Pública y de Secretario de la misma el Director del Servicio Nacional de Salud.

 

ARTÍCULO 4.- La Condecoración de la Orden de la Salud Pública se concederá en virtud de una Resolución Suprema, a solicitud del Ministro de Salud Pública, en la que deberán constar los servicios prestados por el propuesto.

 

ARTÍCULO 5.- Una reglamentación especial determinará las insignias y particularidades de la Orden.

 

ARTÍCULO 6.- El señor Ministro de Estado en el Despacho de Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz a los veintiseis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Hugo Bánzer S., Tcnl. Samuel Gallardo L., Cnl. Rogelio Miranda B., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Eduardo Méndez P., Tcnl. René Bernal E., Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de U.

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja