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DECRETO LEY Nº 07380
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado reconocer los servicios prestados a la Nación, durante la Campaña del Chaco, por los ciudadanos que concurrieron a los campos de batalla en defensa de la integridad territorial;
Que, mediante Ley de 4 de enero de 1962 han sido declarados “Héroes Nacionales”, los defensores de “Boquerón”, por su gloriosa resistencia, durante las jornadas de septiembre de 1932;
Que, la Fuerza Aérea de Bolivia, en el curso de la Guerra del Chaco salió invicta, dando el mayor prestigio a la Aviación Militar de nuestra Patria;
Que, los 730 Voluntarios de “Alihuatá” y Defensores de “Kilómetro 7” combatieron con heroísmo, escribiendo páginas de gloria para las armas de Bolivia;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETAN:
ARTÍCULO 1.- Declárase “HÉROES NACIONALES” a todo el personal de combate en vuelo de la Fuerza Aérea de Bolivia, que participó en la Campaña del Chaco; a los 730 Voluntarios de “Alihuatá” y a los defensores de “Kilómetro 7” de Saavedra, como reconocimiento y homenaje de la Nación, por las acciones de armas en que intervinieron.
ARTÍCULO 2.- Se instituye la “MEDALLA AL HÉROE NACIONAL”, destinada a distinguir a los ex-combatientes sobrevivientes, citados en el Artículo 1° y que será entregada en forma gratuita, conforme a la reglamentación prevista en el Artículo siguiente.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Defensa Nacional, reglamentará el presente Decreto- Ley.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Defensa Nacional y de Trabajo y Seguridad Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Samuel Gallardo L., Tcnl. Hugo Bánzer S., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Rogelio Miranda B., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Juan Lechín S., Cnl. José Carrasco R.
TEXTO DE CONSULTA
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