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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO LEY No

DECRETO LEY Nº 07379

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA
PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que es deber primordial de la Junta Militar de Gobierno velar por la salud pública, especialmente en las zonas densamente pobladas donde se carece de los auxilios sanitarios más indispensables, a cuyo fin debe adoptar las medidas adecuadas;

 

Que en la zona de Anocaraire, jurisdicción Vinto de la Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba, existen numerosas familias de trabajadores campesinos para cuya atención en casos de enfermedad o accidentes, es necesario instalar una Posta Sanitaria;

 

Que en la misma zona están ubicadas la casa y construcciones de propiedad de Julio Leoni o Julio Calatayud, con un terreno adyacente de más o menos una hectárea y media de superficie, inmueble que puede ser adaptado para el funcionamiento de dicha Posta Sanitaria que posteriormente será convertida en Hospital;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETAN:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de la casa, construcciones y terrenos adyacentes situados en la localidad de Anocaraire, jurisdicción Vinto de la provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba, de propiedad de Julio Leoni o Julio Calatayud, con destino a la instalación, por parte del Ministerio de Salud Pública, de una Posta Sanitaria, que paulatinamente será convertida en Hospital.

 

ARTÍCULO 2.- Encomiéndase a la Prefectura del Departamento de Cochabamba, las diligencias de expropiación; todo con sujeción al Decreto Supremo de 4 de abril de 1879, elevado a rango de Ley el 30 de diciembre de 1884.

 

ARTÍCULO 3.- El pago de la respectiva indemnización, correrá por cuenta del Estado.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Salud Pública y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientoss esenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Hugo Bánzer S., Tcnl. Samuel Gallardo L., Tcnl. René Bernal L.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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