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DECRETO LEY Nº 07364
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTES DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo Nº 05444 de 23 de marzo de 1960 en su artículo 3°, exceptúa del régimen de distribución de arbitrios sobre sucesiones directas, al Departamento del Beni.
Que la Prefectura de dicho Departamento, solicita que el importe de las recaudaciones de la sucesión testamentaria Pedro Vieira, se destine o invierta en la refacción de edificios escolares de Trinidad, así como en la construcción de otros locales para igual finalidad, petición que por las razones anotadas, es procedente,
EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO,
DECRETAN:
ARTÍCULO ÚNICO.- Con destino a la construcción y reparación de edificios escolares en la capital de Trinidad (Dpto. del Beni), se destina el 100% (cien por ciento) del impuesto sobre la sucesión PEDRO VIEIRA.
Se derogan disposiciones contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y ocho días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cinco años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Sigfredo Montero V., Rogelio Miranda B., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U.
TEXTO DE CONSULTA
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