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DECRETO LEY Nº 07353
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que pese al hecho de que los transportes por carretera han experimentado en los últimos años un incremento considerable en su desarrollo, no han merecido hasta el presente la consideración debida para lograr su racionalización;
Que es por consiguiente de urgencia proceder al estudio metódico de los problemas que afectan el transporte en el territorio nacional a través de una comisión especial que, contando con la fuerza legal necesaria, pueda formular al Supremo Gobierno las recomendaciones pertinentes para ser aplicadas como medidas de solución,
DECRETAN:
ARTÍCULO 1.- Bajo la presidencia del señor Ministro de Economía Nacional, créase la Comisión Permanente de Estudio para la Racionalización del Transporte en el territorio nacional, debiendo estar integrada por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Ministerio de Economía Nacional, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Planificación, Servicio Nacional de Caminos, Dirección General de Tránsito, Automóvil Club Boliviano, y Comisión Investigadora Nacional.
ARTÍCULO 2.- La Comisión formada por el presente Decreto hará conocer al Supremo Gobierno, a más tardar hasta el 15 de diciembre del año en curso, un informe en el que se contemplen las recomendaciones necesarias para la eliminación de los factores negativos que entorpecen y dificultan el desenvolvimiento del sistema de transportes en el país.
ARTÍCULO 3.- Los representantes de cada uno de los Ministerios que deben integrar la Comisión serán nombrados por Resolución Ministerial. Asimismo la Comisión determinará los Grupos de Trabajo correspondientes, para cuyo fin los funcionarios que deben integrarlos, aparte de los representantes titulares, serán declarados en comisión con el goce del cien por ciento de sus haberes.
ARTÍCULO 4.- La Comisión Permanente de Estudio para la Racionalización del Transporte podrá solicitar de los Ministerios y otras organizaciones estatales los datos e informaciones que juzgue conveniente, sin que en ningún caso la entidad requerida pueda negarse a proporcionar dichas informaciones. A su vez las Prefecturas y Alcaldías Municipales de las capitales de Departamento proporcionarán las movilidades que les sean solicitadas por la Comisión. El Ministerio de Economía Nacional, con cargo a sus propias disponibilidades, atenderá los gastos que demande el funcionamiento de la Comisión creada por este Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cinco años.
FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Gral. Hugo Suárez G., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Joaquín Zenteno A., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Rogelio Miranda B., Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de U.
TEXTO DE CONSULTA
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