TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 12109

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, Tesoro General de la Nación adeuda al Fondo Complementario Facultativo de Comunicaciones la suma de $b. 800.000 por concepto del 10% sobre el rendimiento en las emisiones de estampillas postales, correspondiente a la gestión completa de 1973 y de los meses de enero y febrero de 1974, según liquidación practicada al amparo de lo dispuesto por el Inc. g) del Art. 1 del D.S. N° 10258 de 12 de mayo de 1972 que al presente se halla derogado por determinación del D.S. N° 11374 de 7 de marzo de 1974.

 

Que, a efecto de pago de la anterior obligación se requiere en forma previa autorizar un traspaso de fondos dentro del Presupuesto interno del Ministerio de Finanzas, para dar curso inmediatamente a la aprobación de un Presupuesto Adicional del Fondo Complementario Facultativo de Comunicaciones que recibirá el pago de la suma adeudada en su favor, mediante el sistema de Transferencia.

 

Que, es necesario determinar un plan de desembolsos de acuerdo a las disponibilidades del Tesoro General de la Nación, disponiendo a su vez el finiquito de esta obligación

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas para que dentro de su Presupuesto correspondiente a la presente gestión fiscal de 1974, realice el traspaso de fondos por la suma de OCHOCIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 8.00.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:

 

DE:

200 SERVICIOS NO PERSONALES 800.000.-

290 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 800.000.-

291 Asignaciones Globales. 800.000.-

A:

700 TRANSFERENCIAS 800.000.-

720 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

AL SECTOR PUBLICO 800.000.-

B: POR SUBSIDIOS O SUBVENCIONES 800.000.-

728 ADMINISTRACION

DESCENTRALIZADA 800.000.-

2.- INSTITUCIONES PUBLICAS 800.000.-

 

Fondo Complementario Facultativo de Comunicaciones 800.000.-

ARTÍCULO SEGUNDO.- Asimismo se aprueba el Presupuesto Adicional del Fondo Complementario Facultativo de Comunicaciones, con cargo a recursos originados en la anterior transferencia otorgada por el Ministerio de Finanzas, para su vigencia en la presente gestión fiscal, de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código Fuente Presupuesto

Adicional

1974

 

I

NACIONALES

 

800.000.-

 

4.-

 

TRANSFERENCIAS

 

800.000.-

 

 

POR SUBSIDIOS O

 

SUBVENCIONES

 

800.000.-

 

A:

 

ADMINISTRACION CENTRAL

 

800.000.-

 

 

 

2.- MINISTERIOS DE

ESTADO

 

 

800.000.-

 

 

 

 

Ministerio de Finanzas

 

 

 

800.000.-

 

 

 

 

 

Total:

 

 

 

800.000.-

 

 

 

 

E G R ES OS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código Descripción Presupuesto

Adicional

1974

 

400 ACTIVOS FIJOS Y 677.800.-

FINANCIEROS

 

450 INVERSIONES FINANCIERAS 577.800.-

 

453.2 Préstamos 577.800.-

 

702

 

710

 

 

711.4

 

TRANSFERENCIAS

 

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

AL SECTOR PRIVADO

 

Pensiones, Donaciones y Premios

 

T o t a 1:

222.700.-

 

 

222.700.-

 

222.700.-

 

800.000.-

 

ARTÍCULO TERCERO.- Autorízase al Tesoro General de la Nación desembolver dicho monto en favor del Fondo Complementario Facultativo de Comunicaciones en dos cuotas de $b. 400.000.- cada una durante los meses de noviembre y diciembre de la presente gestión.

 

ARTÍCULO CUARTO.- Con la anterior entrega de fondos al Fondo Complementario Facultativo de Comunicaciones queda cancelada toda obligación del Tesoro General de la Nación por concepto de Renta Destinada generada por disposición del Art. 1° del DS. N° 10253.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|