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DECRETO SUPREMO Nº 12105

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, ha sido autorizado por R.S. N° 167568 para adquirir automotores, equipos y maquinarias con destino a la ejecución de obras que tiene a su cargo en las áreas rurales del país;

 

Que, en aplicación de la disposición legal antes citada ha convocado públicamente para la provisión de una pala cargadora frontal, dos mezcladoras de cemento y equipo de instrumental topográfico;

 

Que, la H. Junta de Almonedas del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, en reuniones celebradas en fechas 2 y 28 de mayo y 9 de julio del año en curso, ha resultado adjudicar los contratos de provisión a las propuestas presentadas por las siguientes firmas comerciales: ‘Crespo, Velasco y Cía., S.A.” para una cargadora frontal, por el precio cotizado de U$. 21.285.00 CIF/ La Paz; “Mercantil Sudamericana Ltda.” para el equipo de instrumental topográfico, por el precio cotizado de Fr. S. 60.742.50, CIF/ La Paz; y encomendar al Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad la adjudicación del contrato para las mezcladoras de cemento, en vista de haberse declarado desierta la respectiva convocatoria por tercera vez, consecutiva.

 

Que, la Entidad licitante, resolvió adjudicar la provisión de las dos mezcladoras de cemento en favor de la propuesta presentada par la firma “Compañía Importadora Boliviana S.A. CIBO”, por el precio cotizado de U$ 14.790.00 CIF/LA Paz;

 

Que, habiéndose cumplido con las disposiciones legales del caso, corresponde aprobar tales adjudicaciones;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- apruébase las adjudicaciones resueltas por la H. Junta de Almonedas del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y el Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, en sus reuniones celebradas en fechas 2 y 28 de mayo y 9 de julio de 1974, en favor de las siguientes firmas: “Crespo, Velasco y Cía paar la provisión de una pala cargadora frontal, por US$ 21.285.00 CIF/La Paz, “Mercantil Sudamericana Ltda.” para instrumental topográfico por el precio de Fr. S. 60.742.50 CIF/La Paz, y, "Compañía Importadora Boliviana S.A. CIBO” para dos mezcladoras de cemento, por U$. 14.790.00 CIF/La Paz.

 

ARTÍCULO 2.- El Director del Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad, conjuntamente con el Contralor General de la República y el Fiscal de Gobierno, celebrarán los respectivos contratos con los personeros legales de las empresas adjudicatarias, observando las formalidades y seguridades de rigor.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trenta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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