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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 12008-A

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Ley N° 11850 de 3 de octubre del año en curso se creó el Instituto Nacional de Previsión (INALPRE). como institución pública descentralizada dependiente del Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República, cuyos objetivos principales son los de otorgar el financiamiento para la realización de estudios hasta el nivel de proyecto definitivo y la de organizar coordinar y orientar la actividad de preinversión.

 

Que, para el normal desenvolvimiento de su actividad se hace indispensable asignarle los recursos financieros necesarios mediante la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a fondos del Tesoro Nacional, el mismo que deberá ejecutarse con areglo a los requisitos previstos en el D.S. N° 11356 de 22 de febrero del año en curso, que aprueba el Presupuesto Consolidado del Sector Público.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Instituto Nacional de Previsión con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de CUATROCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 410.800.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

1974

I

NACIONALES

410.800.-

1.-

 

Tesoro Nacional

 

410.800.-

 

Total:

410.800.-

 

 

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional

1974

200 SERVICIOS NO PERSONALES

 

355.000.-

210 COMUNICACIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

2.000.-

211 Correos, Cables y Telégrafos

 

2.000.-

220 PUBLICIDAD E IMPRENTA

 

15.000.-

221 Publicidad

 

5.000.-

222 Imprenta

 

10.000.-

230 TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE

 

20.000.-

231 Gastos por Pasajes

 

8.000.-

232 Viáticos

 

12.000.-

270 SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES

 

308.000.-

271 Honorarios

 

308.000.-

290 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

 

10.000.-

291 Asignaciones Globales

 

10.000.-

300 MATERIALES Y SUMINISTROS

 

4.800.-

310 SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES

 

4.800.-

311 Papelería

 

3.200.-

313 Suministros Varios de Oficina

 

1.600.-

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

51.000.-

430 Maquinaria y Equipo

 

51.000.-

431 Equipo de Oficina y Muebles

 

51.000.-

TOTAL:

 

410.800.-

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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