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DECRETO SUPREMO N° 11999
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Convocatoria a Propuestas N° 1-74 de 5 de marzo de 1974 la Caja Petrolera de Seguro Social invita a las firmas del ramo a presentar ofertas para la provisión de equipos de Rayos X, Gabinetes dentales de alta velocidad, Rayos X Dental e instrumental odontológico con destino a los centros asistenciales de la mencionada institución;
Que, en la merituada convocatoria se han cumplido todos los trámites legales por lo que el Instituto Boliviano de Seguridad Social ha dictaminado el mismo en forma favorable, correspondiendo en consecuencia dictar la disposición que adjudique los distintos rubros de la convocatoria a las firmas que por los precios y calidad de los productos ofertados han obtenido la aprobación de la H. Junta de Almonedas de la Caja Petrolera de Seguro Social, conforme a lo previsto por el Art. 13° del D.S. N° 11356 de 22 de febrero de 1974;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase en toda forma de derecho la resolución de la H. Junta de Almonedas de la Caja Petrolera de Seguro Social de fecha 30 da agosto de 1974, y. en consecuencia, se adjudica la Convocatoria N° 1-74 de 5/3/74 a las siguientes firmas:
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General Dental S.A. “GEDESA” la provisión de cuatro Gabinetes dentales de alta velocidad, marca “Ritter” 180, y demás accesorios, por la suma de $us. 7.788,66 la unidad, haciendo un total de $us. 31.154,64, precio CTF-Arica;
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General Dental S.A. “GEDESA” la provisión de cuatro equipos de Rayo X Dental, de la firma “Ritter” U.S.A., modelo Meteoro R-2, por la suma de $us. 2.010,80 la unidad, haciendo un total de $us. 8.043.44 precio CIF-Arica; y,
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Kodental Boliviana la provisión de instrumental odontológico, de procedencia alemana de los proveedores Gebruder Martín, Tuttlingen, por la suma total de 1.167,33 marcos alemanes, de acuerdo a su factura proforma de 26/3/74.
ARTÍCULO 2.- La Caja Petrolera de Seguro Social pagará los precios señalados en el artículo que antecede con sus propios recursos y al tipo de cambio vigente a la fecha; debiendo firmarse la documentación requerida para el efecto con la concurrencia de los personeros legales previstos por disposiciones especiales vigentes en la materia.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Coordinación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.
TEXTO DE CONSULTA
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