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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 11990

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante convocatoria y llamamiento a propuestas publicadas en fecha 26 27, 28 de julio; 18, 19, 20 de agosto y 12. 13 y 14 de septiembre de 1973 el Instituto Nacional de Colonización llamó a propuestas para la provisión de 2.000 metros de cañería galbanizada de cuatro pulgadas, material éste destinado a la perforación de pozos de agua potable y de un torno mecánico para la fabricación de diferentes piezas a utilizarse en la reparación de la maquinaria pesada con que cuenta el Instituto, y otros materiales.

 

Que, por Resolución Suprema N° 171220 de 12 de diciembre de 1973, fueron aprobadas las Resoluciones de la H. Junta de Almonedas del Instituto Nacional de Colonización de fechas 2 y 25 de octubre de 1973, mediante la que autoriza adquirir 2.000 metros lineales de cañería galvanizada de la casa comercial “Urquidi y Cía.”., en la suma de $b. 284.760.- (DOSCIENTOS OCHENTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS) FOB Pocitos-Argentina; un torno mecánico marca CARLTON CIF Matarani-Perú en la suma de $b. 64.200.- (SESENTICUATRO MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS). asi como otros materiales y equipo, habiéndose suscrito las correspondientes contratos con intervención de la Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno.

 

Que, siguiendo el trámite respectivo se abrió la carta de crédito N° 8947 por $us.12.550.- en favor de los señores “COMINTER S.R.L.” de Buenos Aires-Argentina, para la adquisición de 2.000 metros de cañería galvanizada de cuatro pulgadas. Igualmente en fecha 26 de marzo de 1974, se hizo la apertura de acreditivo N° 9061 por $us. 3.210.- en favor de la fábrica Colombiana de Máquinas-Herramientas Ltda.(COLMAQ), para la adquisición del torno mecánico.

 

Que, a la fecha los señores “Urquidi y Cía” representantes de COMINTER S.R.L., proveedores de la cañería galvanizada indican que por disposición del Gobierno Argentino se les redujo el cupo de exportación asignado, por lo que se ven imposibilitados de proveer dicho material. Asimismo, los señores Gundlach S.A. representantes de la fábrica Colombiana de Máquinas-Herramientas Ltda. (COLMAQ), proveedores de torno mecánico hacen conocer el incremento del precio en $us. 1.957.- (UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES AMERICANOS).

 

Que el Instituto Nacional de Colonización requiere urgente e inmediatamente, tanto las cañerías como el torno mecánico, ya que en la actualidad el equipo de perforación y personal especializado en su manejo se encuentra paralizado, representando gastos injustificados en sueldos, así como ingresos no percibidos por el rendimiento de dicha maquinaria, entorpeciendo también el desarrollo de los Programas de asentamiento en las distintas zonas de colonización.

 

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Instituto Nacional de Colonización la utilización de los fondos del acreditivo N° 8947 por $us. 12.550.- en la compra directa de cañería galvanizada de cuatro pulgadas, en la cantidad de metros que cubra la suma antes señalada.

 

ARTÍCULO 2.- Asimismo se autoriza al Instituto Nacional de Colonización la compra directa de un torno mecánico con los fondos provenientes del acreditivo N° 9061 por $us. 3.210.- el que será incrementado con el presupuesto del Instituto de la próxima gestión de 1975, debido al alza de precios, como se analiza en la parte considerativa, del presente Decreto Supremo.

 

Debiendo en ambos casos el Instituto requerir a las casas comerciales precios y condiciones que satisfagan los mayores intereses del Estado.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz. a los veintidos días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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