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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 11989

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, para el eficiente cumplimiento de sus funciones. la Fuerza Aérea Boliviana requiere importar con urgencia equipos de comunicaciones portátiles transreceptores, que no se fabrican en el país, habiéndose seleccionado previo estudio de Estado Mayor, los Equipos “Motorola” de procedencia Norteamericana, con las especificaciones y detalles contenidas en la factura preforma N° 272/74, suscrita por el representante en Bolivia de “MOTOROLA AMERICANA INC.” de Illinois EE.UU. de Norteamérica;

 

Que, tratándose de importación de implementos destinados al servicio de las FF. AA., es necesario autorizar su adquisición libre de gravámenes e impuestos de importación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional y al Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, la adquisición de equipos de comunicaciones transreceptores portátiles e implementos respectivos técnicamente especificados en la factura proforma “1” y “2”, N° 272/74, que se incluirá en el contrato de compra y venta respectivo, por un valor FOB de DIEZ Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO 15/100 DÓLARES AMERICANOS ($us. 19.685.15). que será cancelado a la COMPAÑIA “MOTOROLA” AMERICANS INC.- de Illinois de los EE.UU. de Norteamérica, con cargo al presupuesto de la Fuerza Aérea Boliviana, de la presente gestión.

 

ARTÍCULO 2.- Libérase a la importación y adquisición de los equipos de comunicaciones o implementos a que se refiere el artículo precedente, del pago de gravámenes aduaneros e impuestos a la Renta Interna y Municipal, excepto la tasa del 0.5% por concepto de almacenaje en AADAA.

 

El Ministerio de Finanzas emitirá la correspondiente resolución liberatoria previa presentación de los documentos aduaneros respectivos.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzales, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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