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DECRETO SUPREMO N° 11987

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Geológico de Bolivia, entidad ejecutora del Programa de Inventariación de Recursos Minerales de la Minería Chica, Programa financiado por el Gobierno Boliviano y el Banco Mundial, para el mejor cumplimiento de sus objetivos, llamó a licitación pública internacional para la provisión de vehículos. maquinaria y equipo bajo la sigla IMCH, con numeración correlativa desde 01/74 hasta 22/74;

 

Que, cumplidos todos los requisitos de rigor; la Honorable Junta de Almonedas, reunida el 29 de marzo de 1974, ejecutó las adjudicaciones viables y retuvo las licitaciones Nos. IMCH-02/74, IMCH-03/74, IMCH-08/74, IMCH-12/74, IMCH-13/74, IMCH-14/74, IMCH-15/74. IMCH-16/74, y IMCH-18/74, por no haberse cumplido el requisito de presentación de tres propuestas como minimum;

 

Que, en la ejecución del Programa de Inventariación de Recursos Minerales de la Minería Chica, se ha comprometido la fe del Estado Boliviano, particularmente ante el Banco Mundial, y que la oportuna tenencia de los implementos al Programa es determinante para el éxito de esta empresa, aparte de que el alza constante de los precios en el mercado mundial urge al cumplimiento de plazos establecidos por los vendedores y, en general, a una diligente celeridad en la adquisición de aquellas mercaderías;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se ratifica la adjudicación realizada por la Honorable Junta de Almonedas en fecha 29 de marzo de 1974 y aprobada por la Contraloría General de la República, de acuerdo con la documentación y los antecedentes que cursan en el expediente correspondiente, debiendo darse estricto cumplimiento a las normas legales que rigen esta materia en la instrumentación contractual que resulta en cada caso.

 

ARTÍCULO 2.- En los casos de las licitaciones no adjudicadas IMCH-02/74. IMCH-03/74, IMCH-08/74, IMCH-I2/74, IMCH-13/74, IMCH-14/74, IMCH-15/74, IMCH-16/74 y IMCH-18/74, se ratifican la autorización de compra directa expedida por la Contraloría General de la República al Servicio Geológico de Bolivia, debiendo esta última entidad negociar dicha compra en los mercados únicos o en los más convenientes, de acuerdo a las normas que el Banco Mundial tiene establecida para estos casos.

 

ARTÍCULO 3.- Se libera de todos los gravámenes: tasas, impuestos nacionales, departamentales. municipales, universitarios, multas y otros, imponibles a todas las mercaderías contenidas en las licitaciones mencionadas en el presente Decreto Supremo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Minería y Metalurgia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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