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DECRETO SUPREMO N° 11983

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), con las facultades que le confiere el Decreto Ley N° 07597 de 20 de octubre de 1966, convocó a propuestas conforme a Licitación N° 6-74 para la provisión de Sulfato de Aluminio destinado a la purificación del Agua potable en la ciudad de La Paz.

 

Que, cumplidas las formalidades legales de acuerdo con el Decreto Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972. la Junta de Licitaciones de SAMAPA adjudicó a favor de la firma EPAYO, representante de Melchernie, conforme a informes técnicos, cuadros comparativos, dictámenes y demás antecedentes elevados a consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda evidencian que la adjudicación efectuada es la más conveniente.

 

Que, en virtud del inciso e) del Art. 13 del D.S. N° 11356 de 22 de febrero de 1974, corresponde aprobar la licitación adjudicada por SAMAPA de acuerdo al monto;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de SAMAPA en favor de la firma Edgar Pareja Ayo “EPAYO” representante de Melchernis B.V. de Arnfren Holanda, por un valor total de Ochocientos Diecinueve mil novecientos setenta y cinco 00/100 florines holandeses (d.F. 819.975.-), o sea Trecientos tres mil setecientos cinco 00/l00 Dólares Americanos ($us. 303.705.-) por la cantidad de mil quinientos toneladas de sulfato de aluminio CIF Aduana de La Paz y el precio unitario aceptado de $us. 202.47 por cada tonelada, suma que pagará SAMAPA con fondos de su presupuesto previa suscripción del contrato respectivo, con intervención del Contralor General de la República y la concurrencia del señor Fiscal de Gobierno, personeros de SAMAPA y el representante legal de la firma Epayo.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz. a los veintiun días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Benal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Victor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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