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DECRETO SUPREMO N° 11975
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Decreto Supremo N° 11.358 de 22 de febrero de 1974 se eliminaron todos los gravámenes aduaneros y tasas en general, así como el requisito de licencia previa, para la importación de 14 artículos de primera necesidad por un lapso de 90 días con el objeto de lograr su abastecimiento a los mercados de consumo del país.
Que, asimismo por Decreto Supremo N° 11.420 de 10 de abril de 1974, se amplió el plazo de vigencia de la disposición arriba citada por 180 días a partir de la fecha de su vencimiento, en razón de que a la fecha no se encontraba el mercado nacional totalmente abastecido de estos productos, y también con el objeto de evitar prejuicios a las distintas firmas importadoras que a la fecha de vencimiento del mencionado Decreto Supremo tenían pedidos colocados en el exterior.
Que, al presente, si bién se evidencia el normal abastecimiento de estos productos en los mercados del país, es necesario consolidar dicho aprovisionamiento, así como también otorgar un mayor tiempo para la acumulación de stocks.
Que, por las circunstancias anotadas se impone adoptar medidas tendientes a defender la economía popular.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTÁMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMÍA Y PLANIFICACIÓN,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Amplíase por 180 días el plazo de vigencia del régimen de exenciones previsto por los Decretos Supremos Nos. 11.358 y 11.420 a partir de la fecha de cumplimiento del plazo señalado en el Decreto Supremo 11.420.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Reestablécese a partir del 17 de noviembre de 1974 el requisito de Licencia Previa, señalado en la nota adicional 1) del capítulo 15 del Arancel Aduanero de Importaciones en vigencia, para las importaciones de aceite comestible de la posición arancelaria.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo quedan encargados de la ejecución del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.
TEXTO DE CONSULTA
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