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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 11973

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

Que, el Comité de Obras Públicas del Beni ha hecho conocer al Supremo Gobierno, la imperiosa necesidad de construir una red de agua potable en las localidades de Trinidad y Riberalta.

 

Que, tanto los estudios como la ejecución de estos proyectos serán encomendados a la Corporación de Aguas Potables (CORPAGUAS) como organismo especializado para este objeto.

 

Que, son de conocimiento del Ministerio de Finanzas los montos calculados para la realización de los proyectos antes señalados cuyo plazo de ejecución se estima durante un Trienio.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno dotar servicios públicos indispensables para las poblaciones que carecen de tan vital elemento como asimismo proporcionar los recursos necesarios para la factibilización de la política social en la que se encuentra abocado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Urbanismo y Vivienda para el Comité de Obras Públicas y Desarrollo del Beni, para su vigencia en la presente gestión, por la suma de UN MILLON TREINTIUN MIL TRESCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.031.300.) con destino a los estudios de los proyectos de Agua Potables de las ciudades de Trinidad y Riberalta de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En PesosBolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

Presupuesto

Adicional

1974

I

 

NACIONALES

 

1.031.300.-

1

Tesoro Nacional

1.031.300.-

 

Total:

1.031.300.-

= = = = = =

 

 

 

EGRESOS

(E n Pesos bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

Presupuesto

Adicional

1974

 

700

 

TRANSFERENCIAS

 

1.031.300.-

720

TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO

 

1.031.300.-

 

 

726

9: POR SUBSIDIOS O SUBVENCIONES ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA

 

 

1.031.300.-

 

1.- CORPORACIÓN DE DESARROLLO

1.031.300.-

 

Comité 0bras Públicas y Desarrollo del Beni.

1.031.300.-

 

TOTAL:

1.031.300.-

= = = = = =

ARTÍCULO 2.- Asimismo se aprueba el Presupuesto Adicional del Comité de Obras Públicas y Desarrollo del Beni, por ser el organismo receptor de la Transferencia anterior y ejecutor de los proyectos de Aguas Potables para las poblaciones de Trinidad y Riberalta, de acuerdo al acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(E n Pesos bolivianos)

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

 

Fuente

Presupuesto Adicional

1974

 

I

 

NACIONALES

 

1.031.300.-

4

TRANSFERENCIAS

1.031.300.-

 

Ministerio De Urbanismo Y Vivienda

1.031.300.-

 

TOTAL:

1.031.300.-

= = = = = =

 

 

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos bolivianos)

 

CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

Presupuesto

Adicional

1974

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

1.031.300.-

270

SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES

 

1.031.300.-

273

Estudios, Investigaciones y Proyectos (Estudio Aguas Potables- Trinidad $b. 562.500).

(Estudio Aguas Potables – Riberalta 409.900).

 

 

 

 

1.031.300.-

 

 

TOTAL:

 

1.031.300.-

= = = = = =

 

ARTÍCULO 3.- Los recursos del presupuesto adicional financian el 50% de los estudios de Aguas Potables de ambos proyectos, debiendo incorporarse el 50%, restante en el presupuesto de la gestión 1975.

 

ARTÍCULO 4.- Derógase el Decreto Supremo N° 11687 de fecha 31 de julio de 1974.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Urbanismo y Vivienda y Finanzas quedan encargados del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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