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DECRETO SUPREMO Nº 11963

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Ministerio de Finanzas mediante Convocatoria a Propuestas de 19 de diciembre de 1973 y de 5 de abril de 1974, licitó la provisión de valores fiscales con destino al Tesoro General de la Nación, provisión que las Juntas de Almonedas de 7 de febrero de 1974 y 11 de junio de 1974 adjudicó a diferentes empresas, previas las formalidades establecidas por los D.S. de 22 de mayo de 1939 y 27 de junio de 1969;

 

Que, en el D.S. N° 11995 de 21 de mayo de 1974 que aprueba dichas adjudicaciones, se ha consignado el item N° 9 como 100.000 Pzs. de Manifiestos de Importación, item que por indicación posterior del Departamento Técnico de la Dirección General de Aduanas debía ser dividido en 50.000 Manifiestos de Importación y 50.000 Manifiestos de Exportación, en juegos de cinco piezas, de acuerdo con los requerimientos del Pacto Andino y las necesidades locales;

 

Que, es necesario asimismo modificar las especificaciones a que se refiere el D.S. N° 11677 de 8 de agosto de 1974, sobre una nueva partida de los mismos valores, los cuales también han sido adjudicados;

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se establece que el item N° 9 del D.S. N° 11495 comprende 50.000 juegos de Manifiestos de Importación y 50.000 juegos de Manifiestos de Exportación de cinco piezas cada uno, debiendo cancelarse a “Empresa Industrial y Comercial Letras”, la suma de SEIS 30/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 6.30) por cada juego. Igualmente se aclara que los items Nos 121 y 122 del D.S. N° 11677 de 8 de agosto de 1974 se refiere a 150.000 juegos de Manifiestos de Importación y 100.000 juegos de Manifiestos de Exportación, debiendo cancelarse a dicha empresa igualmente el precio de SEIS 30/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 6,30) por cada juego.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finazas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Juan Lechín Suárez, Julio Trigo Ramirez, Waldo Bernal Pereira, José Antonio Zelaya Salinas, Mario Vargas Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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