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DECRETO SUPREMO Nº 11961

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Resolución Biministerial N° 14589/74 de 19 de agosto de 1974, ha autorizado a la Honorable Alcaldía Municipal de San Joaquín la exportación de quinientas cabezas de ganado vacuno macho con destino al Brasil.

 

Que, la Honorable Alcaldía Municipal de San Joaquín, en ejercicio de sus específicas funciones, ha recaudado fondos para la ejecución de diversas obras de recuperación consideradas como impostergables, a los efectos de superar las consecuencias negativas de los desastres ocasionados por la fiebre hemorrágica que afectó a algunas regiones del departamento del Beni.

 

Que, debido a que en la Resolución Biministerial 14589/74, se establecieron imposiciones que dificultan en funcionamiento de recursos a cargo de la mencionada alcaldía para la ejecución de obras, corresponde facilitar la satisfacción de las diversas necesidades que aquejan a la población de San Joaquín.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTÁMEN

FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL

DE ECONOMÍA Y PLANEAMIENTO,

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Transfiérese en favor de la Honorable Alcaldía Municipal de San Joaquín, los gravámenes de $b. 400 por una parte y por otra $b. 300 que pesan por cada cabeza de ganado vacuno exportado.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos provenientes de la referida transferencia y que beneficiarán a la Honorable Alcaldía de San Joaquín, serán empleados para la atención de obras públicas y otras de carácter social

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los, doce días del mes de noviembre de un mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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