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DECRETO SUPREMO Nº 11954
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Caja Petrolera de Seguro Social ha emitido la convocatoria N° 2-74 fechada el 11 de marzo de 1974, para la provisión de productos farmacéuticos y materiales de curación, con destino a sus Centros Asistenciales del país;
Que, su Comité Directivo, constituído en Junta de Almonedas, analizando el informe de las Comisiones Técnica Sanitaria y de Administración y los cuadros comparativos de precios, ha aprobado la Resolución N° 60-74 dictada el 31 de mayo de 1974 por el Directorio de la Caja y ha autorizado la adjudicación de medicamentos y productos ofertados por las firmas nacionales del ramo, por un monto total de $b. 812.810,05; declarando desierta la referida convocatoria en la parte de provisión de productos farmacéuticos y medicamentos importados y autorizando su compra en la República Argentina en base de la oferta hecha por la firma SIPCE de ese país;
Que, habiéndose dado cumplimiento a los requisitos legales establecidos por el Decreto Ley de 22 de mayo de 1939, Decreto Supremo N° 11356 de 22 de febrero de 1974 y disposiciones conexas, y contando con el dictamen afirmativo del Instituto Boliviano de Seguridad Social, es procedente aprobar las decisiones de la Junta de Almonedas del Directorio de la Caja Petrolera de Seguro Social.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Resolución dictada en fecha 19 de junio de 1974 por la Junta de Almonedas del Comité Directivo de la Caja Petrolera de Seguro Social, autorizándose la adjudicación de propuestas para la provición deproductos farmacéuticos y materiales de curación, en favor de las siguientes firmas concursantes:
|
DROGUERÍA “INTI” S.A. |
$b. |
460.394.55 |
|
LABORATORIOS FARMACÉUTICOS “VITA’ S.A. |
” |
143.254.- |
|
LABORATORIOS “ESFASA - ANDREU” |
” |
73.255.- |
|
LABORATORIOS QUIMICO FARMACÉUTICO “MINERVA” S.A. |
” |
51.792.- |
|
LABORATORIO QUÍMICO FARMACÉUTICO “QUIMFA” |
” |
39.560.- |
|
INDUSTRIAS “ALBUS” S.A. |
” |
36.938.- |
ARTÍCULO 2.- Autorízase la adquisición directa de los productos contemplados en los listados de la Convocatoria N° 2-74, en la República Argentina, previa depuración de todos aquellos que se elamoran por la industria nacional.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza a la Caja Petrolera de Seguro Social, suscribir los correspondientes contratos, con la participación de la Contraloría General de la República y la Fiscalía de Gobierno.
El señor Ministro en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Quillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.
TEXTO DE CONSULTA
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