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DECRETO SUPREMO Nº 11937

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el personal especializado de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas. previo un exaustivo análisis de la situación financiera de la C.N.S.S. en base de la documentación proporcionada por ese Organismo, ha establecido la necesidad de un Presupuesto Adicional por la suma de $b. 53.000.000.- a objeto de solventar sus obligaciones contraidas en la presente gestión fiscal fiscal de 1974.

 

Que, examinadas las disponibilidades del Tesoro Nacional y su capacidad financiera para dar cobertura al anterior déficit se establece que solo puede cubrir hasta la suma de $b. 30.000.000.-, dejando el replanteo del saldo de este financiamiento para realizarlo a través de la Corporación Minera de Bolivia en razón de que las prestaciones que otorga la C.N.S.S. son mayores que las Primas que recibe de la mencionada Empresa.

 

Que, corresponde al Instituto Boliviano de Seguridad Social como Organismo dependiente de la Presidencia de la República, ejercer tuición en la ejecución y regulación del presente Presupuesto en la forma prevista por el D.L. N° 10776.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno dictar las medidas económicas más adecuadas con la celeridad que el caso requiere.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República para la Caja Nacional de Seguridad Social con cargo a fondos del Tesoro Nacional por la suma de TREINTA MILLONES oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 30.000.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1974

 

I.-

 

NACIONALES

 

$b

 

30.000.000.-

1.-

Tesoro Nacional

30.000.000.-

 

Total:

30.000.000.-

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1974

700

TRANSFERENCIAS

$b.

30.000.000.-

720

TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO

 

 

30.000.000.-

 

 

 

 

 

B.- POR SUBSIDIOS O SUBVENCIONES

30.000.000.-

726

ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA

30.000.000.-

 

 

 

 

 

2.- INSTITUCIONES PÚBLICAS

Caja Nacional de Seguridad Social

30.000.000.-30.000.000.-

 

Total:

30.000.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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