Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Untitled Document

DECRETO LEY Nº 07325
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que los lamentables hechos de violencia producidos en los centros mineros de Llallagua, demuestran que se encuentra en marcha un vasto plan subversivo dirigido contra el Gobierno constituído y contra las instituciones democráticas de la República.

 

Que la acción del comunismo y de otras agrupaciones políticas que actúan en connivencia con las organizaciones extremistas, perjudican el normal desenvolvimiento de la producción en las minas, así como de las demás actividades del país;

 

Que es primordial deber del Poder Ejecutivo preservar la paz interna y el orden público;

 

CON EL DICTAMEN AFIRMATIVO DEL CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A N:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase el Estado de Sitio en todo el territorio de la República.

 

ARTÍCULO 2.- Las Fuerzas Armadas de la Nación y autoridades correspondientes adoptarán todas las medidas destinadas a la conservación del orden público; la defensa de la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, el desarrollo normal de las actividades de producción y el desenvolvimiento de los servicios públicos.

 

ARTÍCULO 3.- Se prohibe terminantemente todas las reuniones y manifestaciones públicas.

 

Los señores Ministros de Gobierno, Justicia e Inmigración y Defensa Nacional quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Oscar Quiroga T., Gral. Hugo Suárez G., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Tcnl. Samuel Gallardo L., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja