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DECRETO SUPREMO Nº 11931

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, en virtud del Decreto Supremo N° 11861 de 15 de octubre de 1974. el Supremo Gobierno ha otorgado al Comité Permanente de Emergencia Nacional la suma de UN MILLÓN 00/100 PESOS BOLIVIANOS, con destino a la ejecución de los trabajos defensivos sobre el Rio Arque de la Provincia de Capinota del Departamento de Cochabamba. con cargo al aporte de $b. 30.000.000.- provenientes del Tesoro Nacional, encomendándose la realización de estos trabajos al Comando conjunto de las Ffuerzas Armadas a través de su Departamento de Acción Cívica.

 

Que, para Fines de control y ejecución presupuestaria se estima indispensable autorizar la correspondiente transferencia de capital a través de un Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo de Cochabamba, cuya relación de ingresos y egresos ha sido elaborada por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en uso de la facultad que le otorga el Artículo 9° del Decreto Supremo N° 11356 de 22 de febrero del presente año.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República para la Corporación de Desarrollo de Cochabamba, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de UN MILLÓN 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.000.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

(En pesos bolivianos)

 

05.- FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS.

 

 

 

Presupuesto

Código

Fuente

Adicional

 

 

1974

 

I

 

NACIONALES

 

 

1.000.000.-

1 -

Tesoro Nacional

 

1.000.000.-

 

Total:

 

1.000.000.-

 

EGRESOS

(En pesos bolivianos)

 

09.- CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

 

Presupuesto

Código

Descripción

Adicional

 

 

1974

700

TRANSFERENCIAS

 

1.000.000.-

730

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL SECTOR PÚBLICO

 

 

1.000.000.-

732

ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA

 

1.000.000.-

 

2 INSTITUCIONES PUBLICAS - CORDECO

 

1.000.000.-

 

(Comité Permanente de Emergencia Nacional).

 

1.000.000.-

 

Total:

 

1.000.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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