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DECRETO SUPREMO Nº 11920

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, en sus reuniones de fechas 24 de septiembre de 1973 y 1° de octubre del mismo año, adjudicó la propuesta correspondiente a la convocatoria N° 23/73, en favor de la firma comercial “HANSA LIMITADA”, para la provisión de 1.501 piezas de baterías, habiéndose aprobado dicha adjudicación mediante Decreto Supremo N° 11226 de 12 de diciembre de 1973;

 

Que, “HANSA LIMITADA”, ha solicitado reiteradas veces el encremento en el pre-cio de la adjudicación, aduciendo motivos de fuerza mayor como las medidas económicas y sociales dictadas por el Supremo Gobierno, alza en los precios de materias primas, y otras causas que incidieron en el costo de las baterías;

 

Que, es de equidad y justicia reconocer excepcionalmente, algún incremento en el precio de la adjudicación efectuada en septiembre de 1973, a fin de garantizar la mano de obra nacional y evitar mayores perjuicios a los intereses fiscales con una nueva convocatoria a propuestas;

 

Que, en consecuencia, debe aprobarse la decisión adoptada por la Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, con mayor razón si se logró una rebaja considerable en el porcentaje del incremento solicitado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la decisión adoptada por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos, en su reunión de fecha 14 de junio de 1974, autorizándose el incremento en el 23% en el precio de 1.211 baterías que faltaban entregar por la firma comercial “HANSA LIMITADA”, de acuerdo al siguiente detalle:

 

70

Pzs.

de

6 v. 100

amp

c/u

$b.

885.60….

$b.

61.992.00

30

6 v. 115

885.60….

$b.

26.568.00

130

6 v. 150

1.239.84….

161.179.20

451

12 v. 60

1.217.70….

549.182.70

530

12 v.180

3.037.61….

1.609.933.30

 

 

 

2.408.855.20

Impuesto 5% sobre ventas

 

……………...

$b.

120.442.80

Precio total

 

……………...

2.529.298.00

 

 

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Queda modificado en Decreto Supremo N° 11226 de 12 de diciembre de 1973, en la parte pertinente a esta adjudicación.

 

Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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