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DECRETO SUPREMO N° 11852

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, en base de la convocatoria a propuestas de fecha 8/7/74, efectuada por el Ministerio de Finanzas, para la provisión de una aeronave CESSNA 206 con destino a la Dirección General de Aduanas, previas las publicaciones de Ley;

 

La H. Junta de Almonedas en su reunión de fecha 24/7/74, procedió a la apertura de propuestas, nombrando a la vez la comisión encargada de faccionar el Cuadro Comparativo y su consiguiente informe;

 

Que, la H. Junta de Almonedas en fecha 21/8/74, previo estudio del Cuadro Comparativo e Informe de la Comisión, ha aceptado la propuesta de la firma URDINI MOTORS;

 

Que, habiéndose cumplido con las previsiones de los Decretos Supremos de 22 de mayo de 1939, 27 de junio 1969, 22 de febrero de 1974 y 11559 de 28 de junio de 1974, corresponde su aprobación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Almonedas del Ministerio de Finanzas para la provisión de una aeronave CESSNA 206 destinada a la Dirección General de Aduanas, en la forma que se detalla a continuación:

 

URDINI MOTORS

 

Marca Cessna, modelo 206 Station Air Standard

300 Nav/COM canales com. 160 NAV con JOR

Transreceptor HF serie 300 de 10 canales, tanque

de combustible 84 Gls. hélice de tres polos y demas

características técnicas expresadas en su cotización

N° 149/74 de 17 de julio de 1974.

VALOR CIF. ADUANA.........................................................................$b. 970.434.73

 

IMPUETOS

Servicios Prestados 1%............................................ $b. 9.704.30

Impuesto 1% N.O. ………….................................. “ 9.704.30

Timbres: 5% s/montos liberados.............................. “ 4.200.00 “ 23.608.60

 

TOTAL: $b. 994.043.33

Los señores Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno, Ministro de Finanzas y Supervisor Autorizado de la firma URDINI MOTORS, suscribirán el Contrato respectivo en el cual estipulen cláusulas de seguridad y garantía.

 

El señor Ministro en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Wado Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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