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DECRETO SUPREMO Nº 21345

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que es de urgente necesidad la impresión de formularios con destino a la Dirección General de la Renta Interna, para la implementación y regularización de la nueva ley de reforma tributaria de 20 de mayo de 1986 y su correspondiente reglamentación;

 

Que los montos señalados por el D.S. 20857 de fecha 5 de junio de 1985, han quedado totalmente desactualizados y resultan insuficientes para la adjudicación de obras y compra de bienes y servicios, que permitan un desenvolvimiento adecuado y eficaz de las instituciones y empresas del estado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministro de Finanzas, contratar en forma directa con la Firma SERVICIO GRAFICO QUIPUS, la impresión de 662.000 (Seiscientos sesenta y dos mil) formularios, con sus respectivas copias y hojas explicatívas, por un monto de 55.000.- $us. (CINCUENTA Y CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), incluyendo impuestos, para la implementación y regularización inmediata de la nueva Ley de Reforma Tributaria.

 

ARTÍCULO 2.- Dicha obligación, será imputada a la partida de gastos 222 (imprenta) del presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas con cargo a recursos del Tesoro Nacional.

 

El señor Ministro de estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal G., Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Fernando Barthelemy M., Fernando Valle Q., Juan L. Cariaga O., Enrique Ipiña M., Andrés Petricevíc R. Min., Energía e Hidrocarburos a.i., Roberto Gisbert B., Wálter Ríos G.. Jaime Villalobos S., Carlos Pérez G., Edil Sandoval M., Franklin Anaya V., Juan Carlos Durán Saucedo, Hermánn Antelo L., Fernando Cáceres D., Antonio Tovar P.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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