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Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO LEY .Nº 07306

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la representación de la República a la 41a. reunión del Comité Interamericano Permanente Antiacridiano, manifestó conformidad a las Resoluciones de la 40a. reunión y al proyecto de Convenio Interamericano de Sanidad Vegetal que crea el Comité Interamericano de Protección Agrícola, aprobado en las reuniones de Montevideo, e1 7 de mayo de 1965, y de Buenos Aires el 15 de junio de 1965;

 

Que la reunión a nivel ministerial para ratificar dicho Convenio tendrá lugar en la ciudad de Río de Janeiro entre el 14 y 17 del presente mes;

 

Que, asimismo, se realizará la 42a. reunión del Comité Interamericano Permanente Antiacridiano (CIPA), integrado por una representación del país mediante el Ministerio de Agricultura;

 

Que corresponde designar los representantes a la Convención Interamericana de Sanidad Vegetal y a la 42a. reunión del CIPA;

 

D C R E T A N:

 

ARTÍCULO 1.- Desígnase al señor Ministro de Agricultura, Cnl. DEM. Rogelio Miranda Baldivia, para que como Presidente de la Delegación boliviana asista y participe en calidad de plenipotenciario a las reuniones de la Convención Interamericana de Sanidad Vegetal y del Comité Interamericano Permanente Antiacridiano.

 

ARTÍCULO 2.- Desígnase al señor Embajador de Bolivia en el Brasil, Walter Galindo Quiroga, y al señor Director General de Agricultura, Ing. Agr. Alejandro Donoso para integrar la Delegación.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y Agricultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Bánzer S., Tcnl. Samuel Gallardo L., Cnl. Juan Lechín S., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Rogelio Miranda B., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Carlos Ardiles I., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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