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DECRETO SUPREMO N° 11839

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, a fin de dar cumplimiento al programa de obras presupuestadas para el año 1974, el Comité de OO.PP. de Santa Cruz, en uso de sus facultades que le otorga el art. 4º del Decreto con fuerza de Ley Nº 06496, de 14 de junio de 1963, convocó en fecha 8 de febrero de 1974, a licitación pública para la provisión de trece grupos electrógenos para ser utilizados en sistemas eléctricos provincial de ese Departamento;

 

Que, habiendo concurrido al segundo llamado seis firmas comerciales y cumplidas las formalidades legales, cual consta de la documentación acompañada, la Junta Especial de Almonedas, en su reunión de 30 de mayo último adjudicó a “Turín Motors Ltda.” la provición de ocho grupos electrógenos y a “Grace y Cía. S.A.” la provisión de otros cinco grupos;

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos, dictámenes y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que las adjudicaciones efectuadas a favor de las firmas Turín Motors Ltda. y Grace y Cía. S.A. son las más convenientes por las mayores ventajas y seguridades que ofrecen;

 

Que, en virtud del D.S. 09224 de 21 de mayo de 1970, corresponde al Ministerio de Urbanismo y Vivienda la atribución de aprobar las licitaciones adjudicadas por el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz mediante el instrumento legal a que se refiere el incizo e) del art 13º del D.S. Nº 11356, de 22 de febrero de 1974.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébanse las adjudicaciones efectuadas por la Junta Especial de Almonedas del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en fecha 30 de mayo de 1974 en favor de Turín Motors Ltda. para la provisión de ocho grupos electrógenos de 25KW c/u, marca FIAT por un valor de $us. 39.935.80 y en favor de Grace y Cía S.A. para la provisión de dos grupos electrógenos marca Caterpillar de 110KW y tres grupos de 75KW. c/u, de la misma marca, por un valor de $us 78.670.- y sea con intervención del Fiscal de Distrito, la Contraloría Departamental y personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz en la suscripción del contrato.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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