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Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO LEY Nº 07289

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO

GENERAL DE FUERZA ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTES DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR

DE GOBIERNO

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que los padres de familia de las Escuelas “Carlos Medinacelli” y “Carlos Montenegro”, de la zona de Alto Sopocachi (Tembladerani), se encuentran tramitando desde 1962 la adquisición por parte del Estado del local arrendado que actualmente ocupan dichos establecimientos;

 

Que, de acuerdo a los informes de las Autoridades Competentes, dicho local consta de 1.075 metros cuadrados de superficie, con 16 habitaciones, que pueden ser complementadas con algunas construcciones, para construir un buen edificio escolar;

 

Que la Zona de Alto Sopocachi es una región muy populosa, por su urbanización destinada a las clases mayoritarias, de manera que las autoridades nacionales están obligadas a colaborar, con el establecimiento definitivo de escuelas que atiendan las necesidades de la población escolar;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETAN:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase de necesidad y utilidad pública, la expropiación de 1.075 metros cuadrados y sus construcciones, de propiedad de Moisés Montenegro y Rosa Barrón de Montenegro, situados en la Zona de Sopocachi Alto (Tembladerani), actualmente ocupadas por las Escuelas Fiscales: Carlos Medinacelli” y “Carlos Montenegro”, de esta ciudad.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Prefectura de La Paz, organizará el proceso administrativo expropiatorio, de conformidad con las disposiciones de la Ley 30 de diciembre de 1884.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Las Escuelas “Carlos Medinacelli” y “Carlos Montenegro”, continuarán funcionando en el indicado local, debiendo el Ministerio de Educación ordenar el pago de los alquileres correspondientes hasta la conclusión del proceso de expropiación a que se refiere el presente Decreto Supremo.

 

El señor Ministro de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Gral. Hugo Suárez S., Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Samuel Gallardo L., Tcnl. Hugo Bánzer S., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Rogelio Miranda B., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Eduardo Méndez P., Cnl. Juan Lechín S., Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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