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DECRETO SUPREMO Nº 11739

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia en su reunión del 26 de febrero de 1973, Acta Nº 3/73, acordó encarar el problema de la construcción de un edificio para su Sede en esta ciudad.

 

Que, concluídos los trámites preliminares convocó a propuestas en febrero del presente año para la construcción de la obra gruesa (estructura de hormigón armado) de 16 plantas destinadas a la indicada Sede.

 

Que, la Junta de Licitaciones de la Federación celebrada el 17 de junio de 1974, Acta Nº 1/74, procedió a la apertura de las propuestas y a la organización de la correspondiente Comisión Calificadora, la misma que elevó su informe a la subsiguiente reunión de la Junta, celebrada el 21 del mismo mes y año, Acta Nº 2/74 y adjudicó la obra licitada a la Empresa Ingeniería Civil y Arquitectura S.R.L. “INARC”.

 

Que, en conformidad con lo previsto por el Art. 46 del D.L de Licitaciones Nº 10120 de 2 de febrero de 1972, complementado por el inciso e) del Art. 13 del D.S. Nº 11356, de 22 de febrero de 1974 corresponde, aprobar dicha adjudicación mediante decreto supremo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones de la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia, para la construcción de la estructura de hormigón armado de diez y seis plantas ( obra gruesa) de la Sede de esa organización sindical, en favor de la Empresa Constructora Ingeniería Civil y Arquitectura S.R.L. “INARC” por la suma de OCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL SETECIENTOS SEIS PESOS BOLIVIANOS 05/100 ($b. 8.300.706.05) y se autoriza a los señores Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno concurrir a la suscripción del correspondiente contrato.

 

El señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sindicales queda encargado del cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecietos setenta y cuatro años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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