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DECRETO SUPREMO Nº 11713

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Banco Central de Bolivia, ha solicitado al Ministerio de Finanzas, autorización para emitir billetes hasta la cantidad de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 400.000.000.-) con el objeto de hacer frente a las necesidades de mayor circulante, para la adquisición de monedas extranjeras.

 

EN CONSEJO DE MINSTERIO Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia para que, con sujeción a lo dispuesto por el artículo 51, inciso b) de la Ley de 20 de diciembre de 1945, emita billetes hasta la cantidad de CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 400.000.000.-), destinados a la compra de monedas extranjeras, debiendo ser utilizada dicha emisión en la medida de los respectivos requerimientos.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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