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DECRETO SUPREMO Nº 11710

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Junta Nacional de Desarrollo Social solicita traspaso de fondos dentro de su Presupuesto interno, con la finalidad de viabilizar la adquisición de útiles escolares a favor de los niños educandos que se encuentran a su cargo.

 

Que, efectuado el análisis presupuestario del mencionado Organismo, se evidencia que al formularse el Presupuesto Consolidado del Sector Público para la presente gestión fiscal se consideró los precios de útiles escolares fijados en la fecha de su promulgación, tomando en cuenta un cierto índice de aumento que al presente han sufrido alzas que escapan a toda previsión, por los que se hace necesario incrementar la Partida “Materiales de Instrucción’ mediante el traspaso del fondos del Grupo 400 “Activos Fijos y Financiero” al Grupo 300 “Materiales y Suministros”.

 

Que, en virtud de las razones expuestas, corresponde autorizar el traspaso solicitado exceptuando la prohibición del Art. 6º del D.S. Nº 11356 de 22 de febrero del presente año.

 

EN CONSEJO DE MINISTRO,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Junta Nacional de Desarrollo Social para que dentro de su Presupuesto correspondiente a la presente gestión fiscal de 1974, realice el traspaso de fondos por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 269.000.oo) de acuerdo al siguiente detalle:

 

DE:

PROGRAMA 02: DIRECCIONES NACIONALES DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL

Subprograma 01: AMPARO AL MENOR

Actividad 04: DEPARTAMENTO PSICOPEDAGOGICO

400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIERO 269.000.-

 

430 MAQUINARIA Y EQUIPO 269.000.-

439 Equipo Educacional y Recreativo 269.000.-

Total: 269.000.-

 

A:

 

PROGRAMA 04 DIRECCION NACIONALES DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL

SubPrograma 01: AMPARO AL MENOR

Actividad 04: DEPARTAMENTO PSI

 

COPEDAGOGICO

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 269.000.-

________

350 OTROS SUMINISTROS 269.000.-

________

269.000.-

________

Total: 269.000.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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