TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO Nº 11708

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

VISTOS:

 

La solicitud de la CORPORACION BOLIVIANA DE FOMENTO, pidiendo autorización para adquirir partes y materiales para fabricación de 1.000 mini-bicicletas;

 

C O N S I D E R E N D O :

 

Que, la Corporación Boliviana de Fomento, mediante el procedimiento Coactivo se ha Adjudicado en pública subasta el activo de INGESA a fin de continuar con esta actividad y evitar el desempleo de más de treinta jefes de familia, sobre estos recursos ha establecido la Fábrica Nacional de Bicicletas, bajo la denominación de FANBI, para cuyo funcionamiento necesita de partes y materiales, que le permitan un normal desenvolvimiento.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno, alentar esta clase de actividades que no sólo redundan en beneficio de país, sino que genera actividades a un sector de la población en momentos en que el desempleo es un mal muy acentudado en nuestro medio;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar a la CORPORACION BOLIVIANA DE FOMENTO la adquisición de partes y materiales para la fabricación de 1.000 mini bicicletas, para su fábrica FANBI de Cochabamba, de la firma SIAM DITELLA Ltda. representada por Stambuck & Mark (Bolivia), por un monto de CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA DOLARES AMERICANOS. ($us. 49.970).-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciuadd de La Paz, a los diez y seis días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereda, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|