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DECRETO LEY Nº 07258

GENERAL DE FUERZA AEREA RENE

BARRIENTOS ORTUÑO
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA
PRESIDENTES DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que del 12 al 18 de septiembre del presente año se llevará a cabo en Washington D.C. la Conferencia Mundial para la Paz por medio de la Ley, en el curso de cuyas deliberaciones se proclamará el día 13 de septiembre como el Día Mundial de la Ley;

 

Que nuestro país mantiene firme su convicción de que ningún esfuerzo mancomunado entre todas las naciones debe ser escatimado para el mantenimiento de la paz mundial;

 

Que aparte de otros procedimientos y mecanismos especiales el afianzamiento constante de las instituciones jurídicas y el mantenimiento de la vigencia absoluta de la ley constituyen caminos apropiados para consolidar la paz del mundo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETAN:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase, a partir de este año, el 13 de septiembre como Día de la Ley.

 

ARTÍCULO 2.- El día indicado los organismos de Estado respectivos, las Instituciones Académicas, las agrupaciones particulares y oficiales pertinentes, se ocuparán de realzar, con diferentes actos, la conmemoración de la fecha, destacando en especial, la importancia del ordenamiento jurídico y de la ley en el mantenimiento de la paz mundial.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos sesenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno Anaya, Tcnl. Oscar Quiroga T., Gral. Hugo Suárez G., Cnl. Carlos Alcoreza M., Cnl. Jaime Berdecio Z., Tcnl. Samuel Gallardo L., Cnl. E. Méndez Pereyra, Cnl. R. Miranda Baldivia, Tcnl. René Bernal Escalante.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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