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DECRETO SUPREMO Nº 21057

DECRETO SUPREMO Nº 21057

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que al haberse aprobado el Presupuesto General de la Nación para la Gestión Fiscal de 1985, se le asignó a la Presidencia de la República recursos que resultaron insuficientes para atender adecuadamente los problemas de administración del Estado.

 

Que la inflación que padece la República dejó sin recursos a la Presidencia a tiempo de la transmisión de Mando Presidencial.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Aprobar el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República en TRECE MIL SETECIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS MENSUALES ($b. 13.710.000.000.-), en el período comprendido de agosto a diciembre de 1985, de acuerdo al siguiente detalle:

 

REQUERIMIENTOS MENSUALES SOLICITADOS

AL MINISTERIO DE FINANZAS

(EN MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS)

 

GIROS CUENTAS IMPORTES

211 COMUNICACIONES $b. 900.-

213 PUBLICIDAD $b. 500.-

214 IMPRENTA $b. 500.-

221 PASAJES $b. 900.-

222 VIATICOS $b. 1.450.-

241 EDIFICIOS Y EQUIPOS $b. 1.460.-

252 LAVANDERIA, LIMPIEZA E HIGIENE $b. 200.-

262 ASIGNACIONES GLOBALES ORDINARIO $b. 1.600.-

311 PAPELERIA $b. 600.-

321 LIMPIEZA Y USOS DOMESTICOS $b. 200.-

322 VESTUARIO Y TEXTILES $b. 250.-

323 ALIMENTOS $b. 3.500.-

325 LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES $b. 1.650.-

T O T A L $b. 13.710.-

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araoz Levy, Fernando Valle Quevedo, Min. Interior a.i., Roberto Gisbert, Guillermo Bedregal Gutiérrez, Douglas Ascarrunz, Enrique Ipiña Melgar, Néstor Dalenz, Hugo Rodriguez Serrano, Walter Costas Badani, Sinforoso Cabrera, Mauricio Mamani Pocoata, Orlando Donoso, Carlos Alcides Aliaga, Antonio Tovar Piérola, Reynaldo Peters, Fernando Cáceres, Guillermo Riveros Tejada.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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