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DECRETO SUPREMO Nº 16923

GRAL. DIV. DAVID PADILLA

ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE

GOBIERNO

 

C O N S I D E R A N D O:

Que la Empresa Nacional de Fundiciones ha procedido a convocar la licitación No 11/77 para la prestación de servicios de Consultoría en Administración destinados al ordenamiento y mejoramiento de su organización estructural y sistemas contables presupuestarias-tesorería-costos-administración de personal y comunicaciones, asi como de aspectos mencionados al respectivo pliego:

Que tramitada conforme a Ley esta Licitación la Junta de Almonedas de la Empresa Nacional de Fundiciones, resolvió adjudicarla en favor de la firma "COOPERS & LYBRAND" fijándose el respectivo precio despues de negociación en $us. 370.000.- suma a ser pagada por ENAF con cargo a su Presupuesto y Préstamos obtenidos a través de INALPRE.

Que habiéndose demostrado la importancia de este estudio y la conveniencia de una inmediata ejecución que permitirá la implementación posterior de un sistema mas moderno y técnico de administración industrial de ENAF, corresponde dictarse la correspondiente disposición legal aprobando esta adjudicación y autorizando a ENAF la suscripción del Contrato.

Que, de conformidad a lo previsto por Art.16 del D.L. No 13964 la adjudicación debe contar con la autorización del Consejo Nacional de Economía y Planeamiento, encontrandose a la fecha en receso dicho cuerpo colegiado quedaria justificada la observancia de este precepto legal.

CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Almonedas de la Empresa Nacional de Funciones en favor de la firma COOPERS & LYBRAND" de la Licitación No 11/77 para la prestación de servicios de Consultaría en Administración en la Empresa Nacional de Fundiciones, autorizándosele a suscribir el respectivo Contrato por valor de $us.- 370.000 pagaderos en moneda nacional.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.

FDO. GRAL. DIV. DADIV PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui, Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Hermes Fellman Forteza, Oscar Pammo Rodriguez, Jorge Echazu Aguirre, Felix Villarroel Teran, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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